Ejemplo de obligaciones con Ministerio de Trabajo

Mostramos a continuación algunos de los cumplimientos administrativos de las empresas en el Ministerio de Trabajo de El Salvador.

Las empresas deben cumplir una serie de obligaciones de tipo administrativo con el Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

 En virtud de la Ley de Organizaciones y funciones del sector Trabajo todo patrono está obligado a inscribir su empresa en los registros de la Dirección General de Inspección de Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

Esto para las empresas de San Salvador. Pero si son de otro departamento, deben acudir a las regionales del Ministerio en Santa Ana o San Miguel, según la zona.

Está disposición obedece a la necesidad de identificar a los Representantes Legales de las empresas en caso de ventilarse cualquier tipo de proceso o conciliatorio, ya sea en los juzgados de lo Laboral o en el Ministerio mismo.

De no existir está información, la situación se complica, pues los interesados deben buscar a los representantes legales de las empresas en el Registro de Comercio.

Si las empresas no realizan está inscripción, la Ley impone una multa que va de los $57.14 a $1,142.86, según la capacidad financiera de la compañía.

Representante

El representante legal, al inscribirse en el Registro e la Dirección General de Inspección y Trabajo, adquiere las facultades de mandato que establece el Código de Procedimientos Civiles.

“Una vez inscrita la persona, no necesita ningún tipo de poder o autorización para intervenir como representante de la empresa, pudiendo conciliar y arreglar cualquier conflicto laboral”.

Los contratos

Las empresas también están obligadas a inscribir en el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, los contratos de trabajo celebrados con sus empleados.

La falta de contrato inscrito es imputable al patrono; por lo tanto cualquier condición o estipulación que el trabajador manifestaré será considerada cierta. Esta podrá, sin embargo, ser desvirtuada por el patrono, mediante las pruebas pertinentes.

La inscripción del contrato debe realizarse en la Dirección General del Trabajo.

Discapacitados

El Decreto 21, por medio del cual se crea el Comité Interinstitucional para la Inserción Laboral de personas Discapacitadas. Este Comité lo integran varias organizaciones privadas y estatales, las cuales se dedican a la rehabilitación y apoyo de las personas con limitantes físicas.

La Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP), ha solicitado su incorporación al referido comité.

El Código de Trabajo obliga a todas las empresas a contratar personas discapacitadas, según el número de empleados de la misma, está condición no es suficiente para dar las oportunidades necesarias a las personas con limitantes físicas, quienes necesitan incorporarse a la vida laboral para asegurar su desarrollo y el de sus familias.

Bolsa de Trabajo

Existe una bolsa de trabajo que ha decaído en los últimos años, debido a la mala difusión del mismo. El servicio existe, pero pocas personas saben de su funcionamiento.

Con Bolsa de Trabajo, tenga empleo o no, cualquier persona puede ofrecer sus servicios profesionales a diferentes empresas.

Pero para ello, los interesados deben llenar en la Bolsa de Trabajo un Formulario, detallando sus Generales, estudios, trabajos anteriores y referencias personales y laborales.

La oficina se encargará de constatar toda la información.

Terminado este proceso, el interesado formará parte de la base de datos de la oficina y las empresas sabrán de su interés por trabajar, así como de su experiencia, destrezas y/o habilidades.

Reglamento interno de trabajo

De acuerdo a las disposiciones del Código de Trabajo, toda empresa que tenga empleadas DIEZ O MÁS personas, está en la obligación de establecer su Reglamento Interno de Trabajo, el cual servirá como documento de control y manejo de las relaciones laborales de esa empresa.

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