Derecho a la indemnización (Articulo 158 código de trabajo)

Cuando una persona trabajadora ha sido contratada por tiempo indefinido y es despedido de su trabajo sin causa justificada, tendrá derecho a que el patrono la indemnice.

La indemnización será una cantidad equivalente al salario básico de treinta días por cada año trabajado, y en ningún caso, la indemnización podrá ser menor al salario básico de quince días.

Por otro lado, cuando un trabajador o trabajadora haya sido contratado por un plazo definido y fuere despedido sin causa justificada, antes del vencimiento de dicho contrato, la persona trabajadora tiene derecho a que se le indemnice con una cantidad equivalente al salario básico que hubiere devengado en el tiempo que faltare para que venza el plazo.

Para estos casos debemos de tener en cuenta cuales son las formas de despido:

  • Despido indirecto: Ocurre cuando el trabajador o trabajadora no se permite el ingreso al centro de trabajo, dentro del horario correspondiente.
  • Despido directo: Lo hace el patrono por sí mismo o por medio de sus representantes patronales.
  • Despido de hecho o injusto: Ocurre en tres supuestos

Cuando sin mediar justa causa, el patrono reduzca el salario al trabajador/a realice cualquier acto que produzca ese mismo efecto, o lo traslade a un supuesto de menor categoría, o lo destine al desempeño de un trabajador de naturaleza distinta a la del convenido en el contrato.

Por cometer el patrono, en el lugar de trabajo, en contra del trabajador/a o del grupo de trabajadores/as en que estos laboran y del cual forman parte, o en contra de todo el personal de la empresa, actos que lesionen gravemente su dignidad, sentimientos o principios morales.

Por malos tratamientos de obra o de palabra, por parte del patrono o jefe de la empresa o establecimiento, en contra del trabajador o en contra de su cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos, siempre que el patrono o jefes conocieren el vínculo familiar

Principal vulneración al derecho a la indemnización.

La principal vulneración al derecho a la indemnización es justamente el incumplimiento de su pago por parte del patrono cuando procede conforme a la ley o cuando ésta sólo se paga parcialmente, es decir en una cantidad menor a la que corresponde”.

Ejemplo de un pago correcto de indemnización:

Rosa ha trabajado para la fábrica “Toallas Finas” por dos años. Un día, el patrono le dice que ya no quiere que trabaje para él. Sin embargo, le dice que para no tener problemas legales, le va a pagar su tiempo correspondiente a los dos años que ha trabajado ah. Asi las cosas, el patrono le paga a Rosa dos sueldos mensuales porque ha trabajado dos años , es decir uno por cada año.

Veamos un ejemplo de cálculo de indemnización proporcional:

Pepe ingresó a trabajar en una fábrica de juguetes el día 3 de febrero de 2002 y fue despedido el 17 de abril de 2008. Él ganaba un salario mensual de 350 dólares (US $350.00). Para obtener la indemnización proporcional debemos saber el número exacto de días que Pepe ha trabajado, que en total son 2266 días.

Ahora utilizamos la siguiente fórmula : Multiplicar el total de días trabajados por el salario mensual y ese producto se divide entre 365, que es el número de días que hay en el año.

(Total de días trabajados : 2266) * (Salario mensual : $350.00)/ (Total de días de un año : 365).

Tenemos entonces, que la indemnización proporcional que le corresponde a Pepe es de 2172.87 dólares.

¡Muy Importante!

Como puede observarse, es indispensable saber el día exacto que la persona ingresó al centro de trabajo así como la fecha de despido y de salario base.

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